Bases legales del Sorteo «10 experiencias SanTomás»

1. Empresa organizadora y finalidad del sorteo

Grupo Hermanos Martín S. A. (en adelante «La organización»), con domicilio social en calle Torre de los Herberos, n.º 6, Dos Hermanas (Sevilla) y CIF A41418237, organiza la presente promoción denominada Sorteo «10 experiencias SanTomás» del 16/09/2024 al 07/10/2024 a las 23:59 h.

2. Participantes

Podrán participar en el sorteo todas las personas físicas que cumplan todos los requisitos siguientes:

– Mayores de edad a fecha del 16/09/2024.

– Residentes en España.

– Sorteo exclusivo para residentes en Sevilla capital (excepto SanTomás Sevilla Este), Dos Hermanas, Bollullos de la Mitación y Mairena del Aljarafe.

En el caso de Instagram:

Ser «seguidor» del perfil de SanTomás en la cuenta de Instagram (@santomascafe). Serán «seguidores» de SanTomás aquellas personas que tengan presionada la casilla «seguir» tanto en el momento de participar en el sorteo como en el de anunciar el ganador.

En el caso de Facebook:

Tener activada la casilla «Me gusta» en la página de SanTomás tanto en el momento de participar en el sorteo como en el de anunciar el ganador.

– Participar en el «Sorteo de 10 experiencia SanTomás» según lo indicado en estas bases.

– Aceptar las normas de participación y de protección de datos estipuladas en estas bases.

El personal del Grupo MAS no podrá participar en el sorteo.

No se envían los premios a domicilio. Es de consumo exclusivo en el SanTomás elegido por el ganador entre los mencionados previamente.

3. Sorteo

Sortearemos un total de 10 experiencias para tres personas en SanTomás, que saldrá listado en el orden aleatorio que les otorgue la herramienta EasyPromos, (www.easypromosapp.com). La persona premiada solo podrá ganar una vez.

Los ganadores se publicarán en la post del sorteo y en las historias, el 8/10/2024.

4. Premios

Experiencia en SanTomás para tres personas, de lunes a jueves, que consiste en un tapeo o merienda, a elegir entre los disponibles.

Estos sorteos se realizarán tanto en Facebook como en Instagram, y se podrán consumir del 09/10/2024 al 31/10/2024. Queda prohibida la comercialización y/o venta del premio. Los premios no incluyen cualquier servicio y/o gastos no descritos en los apartados anteriores.

SanTomás café es la única cuenta oficial y no solicita información bancaria, cliquear sobre otros enlaces o solicitar información personal, que no sea DNI, nombre completo y apellidos, así como SanTomás donde se desea disfrutar de la experiencia.

5. Requisitos

Los aspirantes pueden participar de forma gratuita en el sorteo cumpliendo los requisitos especificados en la publicación de Facebook e Instagram en el período especificado previamente.

  1. Deben seguir la cuenta de Facebook y/o Instagram de SanTomás.
  2. Mencionar en la publicación del sorteo a tres personas de Facebook y/o Instagram.
  3. Compartir la publicación del sorteo en su muro y/o historia de Facebook y/o Instagram. Opcional.

La selección se realizará de forma aleatoria con la herramienta EasyPromos www.easypromosapp.com.

La participación en este sorteo supone la previa íntegra e incondicional de las presentes bases.

6. Mecánica del sorteo

El sorteo de SanTomás se realizará vía Instagram y Facebook. A través de la web EasyPromos se extraerá el ganador y el suplente. En el caso de que algún ganador no cumpla con los requisitos, pasará al primer suplente, y así sucesivamente.

Si SanTomás no hubiera obtenido respuesta del concursante ganador a las 24 horas del día del anuncio, el premio fuese rechazado por éste o no cumpliera alguna de las condiciones, el regalo se adjudicará al primer suplente extraído.

De igual modo, una vez establecido contacto con el ganador o ganadora, si no se llega a un acuerdo para el disfrute o recogida del premio, este ganador o ganadora quedará excluido/a del premio, adjudicándose el premio a la primera persona suplente, y así sucesivamente hasta tener un ganador o ganadora final que disfrute del premio.

Ante la posible infracción de las normas de participación, SanTomás se reserva el derecho a excluir sin previo aviso al infractor e impedir su participación. Será descartada la participación de todo aquel usuario que emplee medios no permitidos (p. ej. herramientas de hacker, virus, troyanos, etc.). También podrá ser excluido todo aquel que participe en nombre de terceras personas (con o sin el conocimiento o consentimiento de éstas últimas). No está permitida la participación en el sorteo a través de grupos de juego, servicios automáticos o servicios profesionales.

Los participantes garantizan que la imagen, comentario o vídeos que introduzcan no infringe derechos de terceros, y en particular no vulnera los de propiedad intelectual o industrial, ni los derechos o leyes en vigor, asumiendo los daños y perjuicios que el incumplimiento de esta obligación pueda comportar para SanTomás, exonerando de cualquier responsabilidad que se pudiese imputar al respecto, y debiendo sufragar los gastos que ello pudiese ocasionar.

Solo se admite publicar contenidos sobre los que se tengan derechos de autoría o bien autorización expresa de su autor. Queda prohibida cualquier publicación sexista, racista, que fomente la violencia o que sea contraria a la libertad sexual, religiosa o de opinión.

En caso de incumplimiento de estas bases, SanTomás se reserva el derecho de anular los premios sin que ello genere derecho de reclamación alguno. El participar en esta promoción conlleva la aceptación de las bases, que son inapelables, así como el criterio de SanTomás para la resolución de cualquier cuestión relacionada con las mismas.

Instagram o Facebook  no patrocinan, avalan ni administran de modo alguno este sorteo, ni están asociado a él; no obstante, con la participación los usuarios estarán sujetos a las normas de Facebook disponibles en www.facebook.com y de Instagram.

7. Derechos de imagen

Los participantes en el sorteo autorizan de forma expresa a SanTomás a reproducir y utilizar su nombre y apellidos, así como su imagen en cualquier actividad publi-promocional relacionada con la presente promoción sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno a excepción de la entrega del premio ganado.

8. Protección de datos personales

A los efectos previstos en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), se le informa que los datos personales proporcionados se incorporarán (o actualizarán) a los ficheros de Grupo Hermanos Martín S.A. con domicilio en Calle Torre de los Herberos 6 (Dos Hermanas, Sevilla).

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS:

Puede consultar información adicional y sobre Protección de Datos en nuestra página web http://www.somosgrupomas.com/politica-de-privacidad-y-proteccion-de-datos/.

9. Divulgación

Con la aceptación del premio el ganador autoriza a SanTomás a que publique su nombre como ganador del sorteo. SanTomás mediante persona autorizada, se reserva el derecho a divulgar las imágenes del agraciado en los medios publicitarios que considere oportunos, cediendo éste a favor de la primera, de manera gratuita y por tiempo indefinido, los derechos de imagen que le pudieran corresponder.

10. Otras normas.

La simple participación en este concurso implica la aceptación de estas Bases en su totalidad y el criterio interpretativo del SanTomás en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del presente concurso, por lo que la manifestación, en el sentido de no aceptación de las mismas, implicará la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, quedará liberada del cumplimiento de cualquier obligación contraída con él.

SanTomás se reserva el derecho a introducir cambios en la mecánica o funcionamiento del concurso o sorteo en cualquier momento y/o finalizarla de forma anticipada si fuera necesario por justa causa, sin que de ello pueda derivarse responsabilidad alguna. No obstante, estos cambios se comunicarán debidamente a través del perfil del concurso y en su caso otros medios.

SanTomás hará todo lo posible para evitar que ningún cambio perjudique a unos participantes respecto de otros.

11. Limitación de responsabilidad.

SanTomás no es responsable de las interrupciones o fallos en Internet, en la página, la red por cable, las redes de comunicaciones electrónicas, fallos de software o hardware ni por los posibles errores en la introducción y/o el procesamiento de respuestas, entregas o datos personales.

En caso de producirse problemas o incidencias de este tipo, la entidad organizadora, hará todo lo que esté en su mano para corregirlas lo antes posible, pero no puede asumir ninguna responsabilidad al respecto.

12. Interpretación de las bases y resolución de conflictos.

La interpretación y el incumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. Cualquier controversia que resultara de la interpretación o cumplimiento de las presentes bases, se someterá a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Sevilla.